La Sunafil aprobó el Protocolo Para la Fiscalización en Materia de Seguridad y Salud en el Trabajo en el Sub Sector de Minería, un instrumento técnico-normativo (enriquecido con aportes ciudadanos) que establece reglas claras para inspeccionar la mediana y gran minería.

El proceso de inspección se desarrolla en las siguientes etapas:

  • 1. Investigación previa a la visita: El inspector asignado investiga el tipo de empresa (titular, contratista o actividad conexa) y sus instalaciones. Para ello, revisa la ficha RUC, auditorías del Sistema de Gestión de SST, la web de la empresa y el Directorio Minero del Ministerio de Energía y Minas (MINEM).
  • 2. Inicio de la visita: Antes de comenzar el recorrido por las instalaciones, el inspector solicitará obligatoriamente al representante del empleador el mapa de riesgos o el IPERC de línea base (Identificación de Peligros, Evaluación de Riesgos y Medidas de Control).
  • 3. Durante el recorrido: La inspección abarca tanto a la empresa titular como a las contratistas, empresas conexas y proveedores. Si se detectan incumplimientos independientes en estos últimos, el inspector puede generar órdenes de inspección paralelas. Se pone especial énfasis en el cumplimiento del artículo 68 de la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo (responsabilidad del empleador sobre contratistas).
  • 4. Finalización del recorrido: Al terminar la visita, el inspector anotará todas las observaciones y recomendaciones en el Libro de Seguridad y Salud Ocupacional de la unidad.
  • 5. Conclusión de las actuaciones:
  • Si no hay infracciones: Se emite un informe de cierre.
  • Si se detectan infracciones: Se adoptan las medidas inspectivas correspondientes y, posteriormente, se emite un informe de actuaciones inspectivas o un acta de infracción, según el caso.